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¡Atención empleadores! Incentivo Talento +50: un beneficio económico para las empresas que emplean a personas de 50 años en adelante

Incentivo Talento +50: un beneficio económico para las empresas

El Incentivo Talento +50 es un beneficio económico creado por la Alcaldía de Bogotá, a través de la Secretaría de Desarrollo Económico, que tiene como finalidad procurar que las personas de 50 años o más conserven su empleo formal con su empleador.

A continuación, presentamos los principales aspectos que deben tener en cuenta los empleadores interesados en postularse a este Beneficio:

¿QUÉ ES EL INCENTIVO TALENTO +50?

Es un aporte económico de carácter temporal, dirigido a las micro y pequeñas empresas de Bogotá D.C. que tienen en su nómina trabajadores y trabajadoras de 50 años en adelante. Su propósito es ayudar a sostener el empleo formal y aliviar la carga que representa la nómina para quienes lo generan. Aplica únicamente para empresas con domicilio en Bogotá D.C.

El apoyo cubre a las personas de este grupo que devengan entre uno (1) y tres (3) salarios mínimos legales mensuales vigentes (esto es, entre $1.750.905 y $5.252.715), otorgando un incentivo por valor de $1.300.000.

Se reconoce este incentivo por una sola vez, por cada trabajador o trabajadora que cumpla las condiciones de edad, con un máximo de 10 por empresa, para un total de $13.000.000.

¿QUÉ ES EL INCENTIVO TALENTO +50?
¿QUÉ EMPLEADORES PUEDEN APLICAR A ESTE BENEFICIO?
Pueden postularse las micro y pequeñas empresas que reúnan estos requisitos:
Estar registradas ante la Cámara de Comercio de Bogotá.
Tener domicilio en Bogotá D.C. y matrícula mercantil activa.
Contar con personas de 50 años o más que devenguen entre uno y tres SMLMV.
Los trabajadores por los que se postule, deben contar con un contrato de trabajo vigente entre el 1 de agosto y el 30 de septiembre de 2026.
Pueden participar empresas de cualquier sector económico.
¿QUIÉNES NO PUEDEN SER BENEFICIARIOS?
El incentivo no aplica para:
Entidades del sector público.
Empresas medianas o grandes.
Personas o empresas sin registro o domicilio en Bogotá D.C.
Empresas que tengan un solo trabajador, o ninguno, ante la Cámara de Comercio.
Patrimonios autónomos.
Empresas de servicios temporales, en relación con los trabajadores que envían en misión a otras empresas.
Empresas que hayan participado en el programa Salvavidas al Empleo.
TENGA PRESENTE
Inscribirse no asegura el pago, pues la postulación debe ser revisada y aprobada.
Si el contrato de una persona inscrita termina, no es posible sustituirla por otra.
Los recursos son limitados y tendrán prioridad las empresas que acrediten primero la permanencia de sus trabajadores.
El incentivo constituye un ingreso gravado, por lo que se aplicarán las retenciones de impuestos que correspondan.
DOCUMENTOS PARA LA INSCRIPCIÓN
RUT actualizado de la empresa.
Contratos de las personas a postular, en los que consten las fechas de vigencia y que la remuneración está entre uno y tres salarios mínimos.
Documento de identidad de cada persona a postular: cédula de ciudadanía, cédula de extranjería o Permiso por Protección Temporal (PPT).
Diagnóstico de Madurez Empresarial (DIME) diligenciado. Este diagnóstico permite medir de manera gratuita el nivel de madurez de su empresa y puede realizarse a través de este enlace
Certificación bancaria de una cuenta a nombre de la empresa, con expedición no mayor a 30 días y sin embargos.
¿CÓMO FUNCIONA EL PROCESO DE POSTULACIÓN Y PAGO?

El proceso tiene cuatro etapas:
1. Inscripción. La empresa se postula a través del enlace de inscripción, facilitado al final de la presente publicación.

2. Selección de beneficiarios. Se verifica el cumplimiento de los requisitos y, entre septiembre y octubre del presente año, se notifica a las empresas habilitadas.

3. Información de seguridad social (PILA). Entre el 1 y el 30 de octubre, las empresas deben cargar la información de los pagos de seguridad social correspondientes a agosto y septiembre.

4. Pago del incentivo. Se realiza entre octubre y noviembre, en un único giro a las empresas aprobadas.

¿CÓMO POSTULARSE A ESTE BENEFICIO?

Puede verificar si está entre los potenciales beneficiarios y postular a su empresa a través de este enlace.

Conozca acerca de este beneficio, aquí.

En Barrera Palacio Abogados acompañamos a las empresas a identificar beneficios y oportunidades de las que pueden hacer parte. Somos su aliado estratégico en la gestión del talento humano.
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