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SALAS AMIGAS DE LA FAMILIA LACTANTE: PLAZO PARA ADAPTARSE A LOS CAMBIOS RECIENTES VENCE EL 13 DE JULIO DE 2026

SALAS AMIGAS DE LA FAMILIA LACTANTE: PLAZO PARA ADAPTARSE A LOS CAMBIOS RECIENTES VENCE EL 13 DE JULIO DE 2026

En cumplimiento de nuestra misión de prevención de riesgos para su organización, nos permitimos recordarles sobre la expedición de la Resolución 610 de 2026 del Ministerio de Salud y Protección Social, que reemplaza la Resolución 2423 de 2018 del mismo Ministerio y establece nuevas exigencias a los empleadores sobre la implementación de las Salas Amigas de la Familia Lactante del Entorno Laboral, requisitos que deben ser implementados máximo hasta el 13 de julio de 2026.

¿A quiénes aplica?

Esta regulación aplica a las empresas privadas que cumplan alguna de estas dos condiciones: (1) capital igual o superior a 1.500 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), sin importar cuántas mujeres trabajen en la empresa, o (2) más de 50 empleadas, aunque el capital sea inferior a dicho umbral.

La obligación de implementar las Salas Amigas es inmediata para las empresas que nunca las han habilitado; para quienes ya cuentan con ellas, el plazo máximo para adecuarse a los nuevos requisitos es el 13 de julio de 2026.

¿Qué cambia con la nueva resolución?

A continuación, destacamos las principales adiciones que introduce la Resolución 610 de 2026:

Sobre el alcance de la obligación

  • Las empresas deben cumplir con la implementación de las Salas Amigas incluso si operan bajo modalidad de trabajo híbrida. La obligación aplica en la sede principal y en todas aquellas sedes que cuenten con más de 50 empleadas.
  • Las empresas privadas obligadas que compartan un espacio físico, o cuyas empleadas ejerzan sus funciones en entidades o empresas distintas a la que pertenecen, podrán implementar la estrategia de Salas Amigas de manera conjunta.

Sobre el responsable de la operación

  • El responsable de la operación deberá estar capacitado en temas de lactancia materna y en el funcionamiento de las Salas Amigas, y debe garantizar que las mujeres cuenten con acceso oportuno, seguro y adecuado a la sala durante su jornada laboral, en el lugar donde desempeñen sus funciones.
  • La estrategia de Salas Amigas de la Familia Lactante debe incluirse en los procesos de reinducción del personal.

Sobre las condiciones físicas y dotación de la sala

  • Las mesas de apoyo deben contar con soporte para utensilios y frascos.
  • Debe garantizarse fácil acceso al lavado de manos con agua y jabón líquido.
  • El número de sillas debe ser acorde con las dimensiones de la sala.
  • Se elimina el requisito de que la caneca sea plástica.
  • Las toallas de papel deben ser desechables y debe haber mascarillas quirúrgicas disponibles en la sala.
  • Debe garantizarse el funcionamiento continuo y seguro de la sala.

Sobre el refrigerador, congelador y cadena de frío

  • Las temperaturas cambian: refrigeración entre 2 y 5 grados centígrados, y congelación a una temperatura máxima de -3 grados centígrados.
  • El termómetro digital debe estar instalado a nivel del refrigerador y del congelador.
  • No se debe llevar a cabo el registro diario de temperaturas en días no laborales; sin embargo, no podrá dejarse leche en el refrigerador o congelador durante esos días.
  • En el congelador no deben almacenarse productos ni elementos distintos a los recipientes destinados exclusivamente para leche materna.
  • Debe contarse con un plan de contingencia que garantice la calidad de la cadena de frío.

Sobre higiene, salubridad y publicidad

  • Las salas deben contar con agua apta para el lavado de manos y aplicar el plan de manejo y gestión de residuos establecido para la empresa.
  • Queda prohibido realizar en las salas actividades de publicidad y promoción de alimentos de fórmula para lactantes y alimentos infantiles, así como el suministro de muestras gratuitas, venta a bajo precio de fórmulas para lactantes, obsequios, utensilios, biberones y chupetes.

Aspectos de especial importancia

  • Inscripción ante la Secretaría de Salud: La inscripción ante la Secretaría de Salud siempre ha sido obligatoria, pero la nueva resolución aclara expresamente que la sala no puede operar sin el soporte que confirme su inscripción, emitido por dicha entidad. Tras la inscripción, la Secretaría realizará una visita de verificación en un plazo máximo de dos meses.
  • Formas de identificación de empresas obligadas: La Secretaría de Salud podrá acudir a cualquier entidad nacional, departamental o municipal para identificar las empresas privadas que están obligadas a implementar las Salas Amigas.
  • Plazo de adecuación de estos cambios: Las empresas que ya cuentan con una sala tienen plazo hasta el 14 de julio de 2026 para implementar los cambios exigidos. Si su empresa está obligada y actualmente no ha implementado la Sala, se encuentra en situación de incumplimiento.
  • Visitas periódicas de verificación: Las Secretarías de Salud realizarán visitas de seguimiento según la calificación obtenida en la primera verificación, así: Satisfactoria: visita anual de seguimiento (con la regulación anterior se realizaban de forma bianual).

Cumplimiento parcial con plan de mejora: visita de revisión a los 3 meses (con la regulación anterior se realizaban cada 6 meses).

Incumplimiento con plan de mejora: visitas mensuales (se mantiene igual).

¿Qué debe hacer su empresa?

Le invitamos a revisar con prontitud el estado actual de su sala frente a los nuevos requisitos y a implementar los ajustes necesarios antes del vencimiento del plazo. Desde Barrera Palacio Abogados continuaremos monitoreando los cambios normativos con impacto laboral y empresarial, manteniéndolos informados de manera oportuna para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones y la adecuada gestión de sus relaciones laborales. Somos su aliado estratégico en la gestión del talento humano.

Podrá conocer esta nueva resolución junto con su anexo técnico para visitas de verificación, aquí.

Si tiene preguntas sobre la aplicación de esta nueva disposición o requiere acompañamiento para su implementación, no dude en contactarnos en contacto@barrerapalacio.com o consultar a su asesor BPA asignado.

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