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Corte Suprema de Justicia amplía el fuero de preprensionado: implicaciones inmediatas para su empresa

Corte Suprema de Justicia amplía el fuero de preprensionado: implicaciones inmediatas para su empresa

La Corte Suprema de Justicia, en la sentencia SL2600 de 2025, analizó los requisitos que debe cumplir todo trabajador para acceder a la protección especial derivada del fuero de prepensionado. En esta providencia, el Alto Tribunal amplió el alcance de dicha protección, extendiéndola a los trabajadores que se encuentren a tres (3) años o menos de pensionarse y que ya cuenten con las semanas mínimas de cotización, con fundamento en los principios de igualdad y no discriminación, así como en la situación de vulnerabilidad estructural de quienes se encuentran próximos a acceder a la pensión.

¿Cuál es el impacto práctico para su empresa?

Con esta sentencia, se amplía el alcance del fuero de prepensionado, extendiendo la protección a los trabajadores que estén a tres (3) años o menos de pensionarse y que ya cuenten con las semanas mínimas de cotización. En ese sentido, en adelante, el despido de estos trabajadores será ineficaz y no producirá efecto, salvo que exista justa causa y autorización previa del Inspector de Trabajo.

Les recordamos que al día de hoy, los requisitos para acceder a la pensión de vejez son los siguientes:

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  • En el Régimen de Prima Media administrado por Colpensiones se requiere: i) 1300 semanas como mínimo para los hombres, 1250 semanas para mujeres (1225 a partir del 1 de enero de 2027) y ii) 57 años para mujeres, 62 para hombres.
  • En el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad administrado por fondos privados de pensiones se requiere: i) Reunir el capital necesario según su situación personal, sin importar la edad o; ii) Contar con 1150 semanas de cotización, cumpliendo la edad de pensión (57 años para mujeres y 62 para hombres), caso en el cual puede acceder a la garantía de pensión mínima.

En este contexto, a continuación exponemos el panorama actual del fuero de prepensionado tras estos cambios:

Fuero de prepensión – Sentencia SL2600 de 2025

Fuero de Prepensión – Antes y Después de la Sentencia SL2600 de 2025

Situación del trabajador Antes de la Sentencia SL2600 de 2025
¿Tiene fuero?
Después de la Sentencia SL2600 de 2025
¿Tiene fuero?
Está a tres (3) años o menos de cumplir edad y semanas de cotización SI SI
Está a tres (3) años o menos de reunir el capital necesario para pensionarse en el régimen de ahorro individual, independientemente de la edad SI SI
Está a tres (3) años o menos de cumplir la edad, pero ya cuenta con las semanas o el capital mínimo requerido NO SI
Está a tres (3) años o menos de completar las semanas y ya cuenta con la edad SI SI
Está a tres (3) años o menos de cumplir la edad, pero a más de tres (3) años de completar semanas o capital requerido NO NO

En todo caso, la Corte Suprema de Justicia en la sentencia aquí referida, aclaró que, cuando la terminación del contrato de trabajo se funde en una justa causa legalmente prevista y debidamente acreditada, esta será válida sin que se requiera autorización previa del Ministerio del Trabajo.

Recomendaciones para su organización

A partir de este nuevo precedente jurisprudencial, es indispensable revisar y ajustar los protocolos internos de verificación del fuero de prepensionado antes de proceder con la terminación de un contrato de trabajo, pues la omisión de dicha verificación podría representar un riesgo legal significativo, derivado de la gestión indebida de un despido frente a un trabajador amparado por este fuero.

De igual forma, resulta fundamental revisar las terminaciones contractuales que en su empresa se hayan efectuado respecto de trabajadores que se encontraban a tres (3) años o menos de cumplir el requisito de edad y que ya contaban con las semanas mínimas de cotización, en la medida en que estas situaciones pueden generar riesgos judiciales que requieren ser oportunamente intervenidos.

Conozca este pronunciamiento jurisprudencial, aquí.

Para recibir asesoría detallada del tema, contacte a su abogado asignado o comuniquese con nosotros .

 

En Barrera Palacio Abogados, estamos comprometidos con brindarle información oportuna y estratégica sobre los cambios normativos y jurisprudenciales que impactan la gestión legal laboral de su empresa.

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