¡ATENCIÓN! SE ORDENA LA SUSPENSIÓN PROVISIONAL DEL DECRETO DEL SALARIO MÍNIMO 2026
Mediante providencia de fecha 12 de febrero de 2026, el Consejo de Estado ordenó la suspensión provisional del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025, a través del cual el Gobierno Nacional fijó el monto del salario mínimo legal mensual vigente para el año 2026.
En esta decisión se dispuso que, dentro de los ocho (8) días calendario siguientes a su notificación, el Gobierno Nacional deberá expedir y publicar un nuevo decreto en el que establezca, de manera transitoria y con fundamento en criterios económicos y constitucionales, el nuevo porcentaje de incremento del salario mínimo para el año 2026, el cual regirá hasta tanto se profiera sentencia definitiva dentro del proceso.
En todo caso, el Consejo de Estado precisó, en el numeral 4 de la parte resolutiva, que esta suspensión solo producirá efectos a partir de la expedición y publicación del nuevo decreto que determine el monto transitorio del salario mínimo. En consecuencia, mientras no se publique dicha norma, el salario mínimo continuará correspondiendo a la suma de $1.750.905.
Tenga en cuenta que esta decisión no tiene efectos retroactivos. Por lo tanto, los valores pagados hasta la fecha con fundamento en el decreto suspendido no podrán ser descontados ni recobrados a los trabajadores que devengaron salario mínimo o salario mínimo integral con base en el incremento allí previsto.
Así mismo, la providencia no afecta el Decreto 1470 de 2025, mediante el cual se fijó el porcentaje de aumento del auxilio de transporte para el año 2026, el cual continúa vigente en su integridad.
Conozca el contenido de esta providencia, aquí.
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CUARTO: DIFERIR los efectos de la suspensión provisional, que se hará efectiva únicamente a partir de la fecha en que se publique el decreto de que trata el numeral anterior mediante el cual se determine la cifra transitoria. Durante el lapso comprendido entre la notificación de esta providencia y la fecha de publicación del referido acto administrativo, el valor del salario mínimo para la vigencia 2026 seguirá correspondiendo al establecido en el Decreto 1469 de 2025.
En todo caso, la suspensión provisional de los efectos del Decreto 1469 de 2025 no tendrá ningún efecto sobre las obligaciones y derechos que se calcularon con base en el valor del salario mínimo del año 2026 allí establecido y que fueron efectivamente causadas o pagadas con anterioridad a la publicación del nuevo acto administrativo que se ordena en esta providencia.