
Afiliación Voluntaria al Sistema de Riesgos Laborales
El Ministerio de Trabajo expidió el Decreto 1563 del 2016, que establece las reglas para la vinculación de trabajadores independientes que devengan uno o más salarios mínimos legales mensuales vigentes, sin contrato civil, comercial o relación laboral y que, de manera voluntaria, quieran afiliarse al Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL) tener la cobertura y prestaciones asistenciales y económicas.
Entre algunos de los requisitos y disposiciones contempladas figuran:
• La afiliación debe efectuarse a través de la ARL que se elija.
• La cobertura de este sistema iniciará el día calendario siguiente al de la afiliación.
• El ingreso base de cotización a este sistema debe ser el mismo a los sistemas generales de salud y pensiones, no deberá ser inferior a un salario mínimo ni superior a 25 salarios.
• El no pago de dos periodos consecutivos de las cotizaciones dará lugar a la suspensión de la afiliación por parte de la ARL.
• Se adopta una tabla de cotizaciones mínimas y máximas, así como también la tabla de clasificación de ocupaciones u oficios más representativos, con el fin de establecer el nivel de riesgo de estas actividades.