
Recaudo de los Aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales
En esta oportunidad es pertinente recordar que mediante la Resolución Numero 2388 de 2016, que entro en vigencia el pasado 10 de junio de 2016, el Ministerio de Salud y Protección Social unificó y actualizó las reglas para el recaudo de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales, otorgando un plazo de seis (06) meses para la implementación de los anexos técnicos por parte de las operadoras de información, el cual vencería el próximo 10 de diciembre de 2016.
A continuación, relacionamos los cambios que aplicarían a partir de diciembre 10 de 2016:
• Marcación de novedad de licencia remunerada. (L)
• Fecha de inicio y de finalización de novedades de nómina.
• Marcación de novedad de retiro para pensionados.
• Marcación de novedades de ingreso a Caja de Compensación para pensionados e independientes.
• Verificación en la base de datos del Ministerio de las Entidades de Régimen Especial y de Excepción.
• Actualización de datos del aportante en los meses de enero y julio.
• Coherencia de datos en validación.
• Número de horas laboradas.
• Creación de salvo conducto, como tipo de documento
Por lo anterior, consideramos importante que la empresa valide los cambios y realice las pruebas necesarias con el software de nómina y/o el operador de PILA de su elección, para evitar errores en los reportes que puedan generar inexactitudes en los aportes.