
Precooperativas y cooperativas pueden acceder a exención en contribuciones especiales
Según información del Ministerio de Trabajo, las precooperativas y cooperativas de trabajo asociado podrán acceder a la exención en contribuciones especiales (Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar) hasta el día 16 de enero de 2017.
Dicha exención aplica para las precooperativas y las cooperativas de trabajo asociado, cuya facturación anual no exceda los 435 SMLMV de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 1233 de 2008.
La solicitud se debe enviar a la Dirección y Protección del Empleo y Subsidio Familiar (Carrera 14 No. 99-33 en la ciudad de Bogotá), a las Direcciones Territoriales del Ministerio del Trabajo y deberá estar acompañada de los siguientes documentos anexos:
- Copia del certificado de existencia y representación legal (expedido por la respectiva cámara de comercio, con una vigencia no mayor a tres meses
- Copia de resolución de autorización de regímenes expedida por el Ministerio del Trabajo (o del anterior Ministerio de la Protección Social)
- Nombre del revisor fiscal
- Número de la tarjeta profesional si la cooperativa tiene esta obligación. (la obligación de esta condición es certificada por la Superintendencia de Economía Solidaria)
- Certificación sobre el valor total de la facturación causada durante el año (es decir del 1º de enero de 2016 al 31 de diciembre de 2016, y sobre el número total de asociados por mes, desde enero de 2016 o inicio de las actividades, hasta diciembre de 2016, las cuales deben ser expedidas por el revisor fiscal según lo ordena la ley; en caso de no tener esta obligación, las certificaciones deben ser firmadas por el representante legal)
- Precooperativas y cooperativas deben brindar información completa de domicilio principal, teléfonos y correo electrónico, para su ubicación.