
¡IMPORTANTE! TÉRMINO PARA CONSIGNACIÓN DE CESANTÍAS CAUSADAS EN EL AÑO 2024
Recordamos que los empleadores se encuentran obligados a consignar antes del 15 de febrero de 2025, el auxilio de cesantía causado a 31 de diciembre de 2024 en el fondo escogido por el trabajador.
La base de liquidación de esta prestación social corresponde al salario devengado por el trabajador en el mes de diciembre de 2024, con excepción de los siguientes casos:
Salario variable.
Variación de salario dentro de los tres (3) meses anteriores a la fecha de liquidación.
De acuerdo con el artículo 253 del Código Sustantivo del Trabajo, en estos dos eventos, se debe tomar como base de liquidación el promedio de lo devengado por el trabajador por concepto de salario durante el año de servicios inmediatamente anterior o todo el tiempo de servicios si fuere menor a un año.
Cuando el salario base de liquidación sea igual o inferior a dos (2) SMLMV, debe incluirse el valor correspondiente al auxilio legal de transporte. El empleador podrá descontar los días de suspensión del contrato para liquidar el auxilio de cesantía.
El incumplimiento de esta obligación genera una sanción a cargo del empleador consistente en un día de salario por cada día de retraso en la consignación, conforme lo señala el numeral 3° del artículo 99 de la Ley 50 de 1990.
Le mantendremos informado sobre los términos de cumplimiento de sus responsabilidades como empleador. Recuerde que somos su aliado estratégico para la prevención y gestión de sus riesgos en la administración del talento humano.